Londres, 2 de junio de 2025 – El Civil Justice Council (CJC) ha publicado su Informe Final sobre el Financiamiento de Litigios, en el que propone un marco integral para la futura regulación del financiamiento por terceros en Inglaterra y Gales. Las recomendaciones buscan promover el acceso a la justicia, garantizando al mismo tiempo una supervisión proporcional y de carácter “ligero” de la industria del litigation finance.
Respuesta legislativa al caso PACCAR
La principal recomendación del CJC se refiere a la decisión del Tribunal Supremo de 2023 en R (PACCAR) v Competition Appeal Tribunal, que sostuvo que ciertos acuerdos de financiación de litigios (Litigation Funding Agreements o LFAs) constituían acuerdos basados en daños (Damages-Based Agreements, DBAs). El informe concluye que esta interpretación socava la seguridad jurídica y debería ser revertida mediante legislación.
El Consejo recomienda que una nueva ley aclare que el financiamiento de litigios es distinto de los DBAs y de los servicios de gestión de reclamaciones, reforzando el principio de que el financiamiento por terceros y los honorarios contingentes deben operar bajo marcos regulatorios separados.
La reversión legislativa propuesta restauraría la claridad en los litigios financiados en Inglaterra y Gales y reafirmaría la atractividad de la jurisdicción para los procedimientos colectivos y comerciales. El CJC también recomienda que la nueva ley se aplique con efecto retroactivo y prospectivo, protegiendo así los LFAs ya existentes.
Marco para una regulación legal ligera
El CJC desaconseja la regulación inmediata por parte de la Financial Conduct Authority (FCA), proponiendo en su lugar una revisión dentro de cinco años. Según el enfoque propuesto, el grado de regulación variaría según la naturaleza de la parte financiada:
- Partes comerciales: estarían sujetas a una supervisión mínima, en reconocimiento a su sofisticación y poder de negociación.
- Consumidores y demandantes en procedimientos colectivos: disfrutarían de mayores protecciones, incluyendo asesoramiento jurídico independiente, aprobación judicial de los retornos del financiador y mayores obligaciones de transparencia.
Los principios regulatorios clave incluirían:
- Requisitos de suficiencia de capital adaptados a cada caso;
- Codificación de la regla que impide a los financiadores controlar la estrategia del litigio o las decisiones de acuerdo;
- Disposiciones sobre conflictos de interés y prevención del lavado de dinero; y
- Divulgación temprana del hecho y la identidad del financiador en el proceso judicial.
El CJC rechaza expresamente la introducción de límites legales a los retornos de los financiadores, señalando que tales restricciones podrían desalentar la inversión y reducir el acceso a la justicia.
Reforma de los acuerdos de honorarios contingentes
El informe también propone un marco único y simplificado para los acuerdos de honorarios condicionales (CFAs) y los DBAs. El régimen propuesto:
- Implementaría las reformas Mulheron-Bacon a los DBAs, en la medida en que sean compatibles con las demás recomendaciones;
- Confirmaría la legalidad de los acuerdos híbridos; y
- Trasladaría la responsabilidad regulatoria del Ministerio de Justicia al Comité de Reglas de Procedimiento Civil.
El Consejo también recomienda derogar por ley el principio de indemnización (indemnity principle) aplicable tanto al financiamiento de litigios como a los acuerdos de honorarios contingentes, con el fin de simplificar la recuperación de costos y aumentar la coherencia del sistema.
Medidas complementarias
Entre las medidas adicionales recomendadas se incluyen:
- La creación de un Fondo de Acceso a la Justicia, financiado mediante un pequeño porcentaje de los beneficios de financiadores y abogados, destinado a apoyar la asesoría jurídica temprana y los métodos alternativos de resolución de disputas;
- La creación de un Comité Permanente sobre Financiamiento de Litigios encargado de recopilar datos del mercado y supervisar las reformas en curso; y
- La codificación de las facultades judiciales para gestionar reclamaciones financiadas, incluyendo la planificación de costos y el cumplimiento de los requisitos de suficiencia de capital.
Perspectivas
Si se adoptan, las propuestas del CJC proporcionarían una base legal coherente para el financiamiento por terceros, manteniendo al mismo tiempo la flexibilidad que ha convertido al Reino Unido en líder mundial en litigation finance.
En Stonward Litigation Finance, celebramos el reconocimiento del Consejo de Justicia Civil al papel esencial que desempeñan los financiadores profesionales en la expansión del acceso a la justicia. El marco propuesto mejoraría la transparencia del mercado sin obstaculizar la innovación ni restringir el acceso al capital para reclamaciones con mérito.